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Ley de Urgencia · Tu derecho

Nadie te puede cobrar antes de salvarte

En una urgencia vital te atienden primero: ningún prestador puede exigirte pago ni cheque en garantía antes de estabilizarte.

Aplica aFONASA e ISAPRE
Antes de estabilizarNo te cobran
Aplica a
FONASA e ISAPRE
Antes de estabilizar
No te cobran

Lo que no te pueden exigir

Ante una urgencia con riesgo vital, ningún prestador —público o privado— puede exigirte esto antes de estabilizarte:

✕Pago previo, en efectivo o con tarjeta, antes de la atención de urgencia.
✕Cheque en garantía, pagaré, letra u otro documento como condición para atenderte.
✕Retención de la persona o de documentos por deudas mientras exista riesgo vital.
✕Traslado prematuro del paciente antes de que esté estabilizado.

Quién paga

Una vez que estás fuera de riesgo, se aplica la cobertura de tu previsión. Así se reparte la cuenta:

EscenarioFONASA tramo AFONASA tramos B · C · DISAPRE
Red pública (FONASA)$0 · Copago Cero$0 · Copago CeroSegún su plan
Prestador privado, tras estabilizarFONASA paga y no cobra al tramo AFONASA paga y financia con préstamo a descontarLa ISAPRE paga al prestador y luego cobra el copago del plan

Cómo se invoca

1
Te atienden primero
Ante una urgencia con riesgo vital o secuela funcional grave, el prestador debe atenderte y estabilizarte sin exigir pago ni garantía.
2
Certificación del riesgo vital
Un médico de la urgencia certifica la condición de riesgo vital o secuela grave, que es lo que activa la Ley de Urgencia.
3
Tu asegurador paga al prestador
FONASA o tu ISAPRE pagan directamente al prestador la atención hasta la estabilización; tú no adelantas ese dinero.
4
Copago posterior, si corresponde
Una vez estabilizado, se aplica la cobertura de tu previsión; en FONASA los tramos B, C y D pueden financiar el copago con un préstamo a descontar.

Fuentes oficiales

Ficha revisada contra fuente oficial · última revisión 2026-07